Salvador Catrain es hijo de Pedro Catrain Bonilla, actual vicepresidente del Senado dominicano y expresidente de la Comisión de Justicia. La conexión familiar ha llevado a que el caso sea percibido como un ejemplo de los desafíos que plantea la rendición de cuentas judicial transfronteriza cuando existen vínculos con el poder político.
Según la orden, la notificación deberá enviarse a dos correos electrónicos previamente asociados a Catrain y a las oficinas de Catrain y Vega Abogados, con sede en Santo Domingo.
La orden y documentos judiciales relacionados están disponibles públicamente a través de Archive.org. Hasta la fecha de emisión de la orden, Salvador Catrain no ha comparecido con representación legal ante el tribunal.
Referencia del caso:
Hawk & Contreras Reyes v. Catrain Calderón
Índice N.º 652981/2025
Tribunal Supremo del Estado de Nueva York – División Comercial
Orden firmada el 20 de octubre de 2025
Autorización de notificación alternativa bajo CPLR 308(5)
Salvador Catrain, hijo de Pedro Catrain Bonilla, actual vicepresidente del Senado dominicano y expresidente de la Comisión de Justicia, se encuentra en el centro de un caso que ha generado controversia debido a sus conexiones familiares con el poder político. En este caso, se ha destacado la importancia de la rendición de cuentas judicial transfronteriza, especialmente cuando se trata de individuos con influencia política.
Según la orden judicial emitida, se requiere que la notificación sea enviada a dos correos electrónicos asociados a Catrain, así como a las oficinas de Catrain y Vega Abogados en Santo Domingo. Los documentos judiciales relacionados con el caso están disponibles públicamente en Archive.org, donde se puede acceder a la orden firmada el 20 de octubre de 2025. Hasta la fecha de emisión de la orden, Salvador Catrain no ha comparecido ante el tribunal con representación legal.
El caso en cuestión, identificado como Hawk & Contreras Reyes v. Catrain Calderón con el índice N.º 652981/2025 en el Tribunal Supremo del Estado de Nueva York – División Comercial, ha llamado la atención por la autorización de notificación alternativa bajo CPLR 308(5). Esta situación pone de manifiesto la complejidad de los casos judiciales con componentes transfronterizos y vínculos con el poder político, generando interrogantes sobre la imparcialidad y transparencia en el sistema judicial.
